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Deducción por maternidad 2026: 100 € al mes, 1.000 € de guardería y el bulo de los 18 años
La deducción por maternidad (en catalán, deducció per maternitat) es una rebaja del IRPF de hasta 1.200 € al año por cada hijo menor de 3 años. Se puede cobrar por adelantado, a razón de 100 € al mes, con el modelo 140 de la Agencia Tributaria. Si pagas una guardería o escuela infantil autorizada (la llar d’infants o escola bressol), suma hasta 1.000 € más al año, pero ese extra solo se recibe en la declaración de la renta.
La pueden pedir las madres que, al nacer el hijo, cobraban el paro o estaban de alta en la Seguridad Social, o que se han dado de alta después y acumulan 30 días cotizados. La regula el artículo 81 de la Ley del IRPF, sin cambios desde 2023, y la gestiona la Agencia Tributaria. No se ha ampliado hasta los 18 años: termina cuando el niño cumple 3.
Tabla resumen de la deducción por maternidad en 2026
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Importe | Hasta 1.200 € al año por hijo menor de 3 años (100 € por mes) |
| Cobro anticipado | 100 € al mes por hijo, por transferencia, con el modelo 140 |
| Extra por guardería | Hasta 1.000 € al año por hijo (unos 83,33 € por mes completo pagado), solo en la renta |
| Extra por empezar a cotizar | 150 € una sola vez, en el mes en que llegas a 30 días cotizados si te diste de alta después del parto |
| Quién la cobra | La madre; el padre o tutor solo si la madre fallece o si tiene la custodia exclusiva |
| Requisito laboral | Al nacer: cobrar paro o estar de alta. Después: alta con 30 días cotizados |
| Hasta cuándo | Hasta el mes anterior a que el hijo cumpla 3 años (adopción o acogimiento: 3 años desde la inscripción o la resolución) |
| No se suma con | El complemento de ayuda para la infancia (CAPI) por el mismo hijo y los mismos meses (art. 81.3 LIRPF) |
| Organismo | Agencia Tributaria (no se aplica en País Vasco ni Navarra, que tienen su propio IRPF) |
| Plazo | Sin plazo cerrado: el modelo 140 se presenta cuando cumples los requisitos |
Quién puede pedirla
Tienes derecho si eres madre de un hijo menor de 3 años que te da derecho al mínimo por descendientes del IRPF (en la práctica, que conviva contigo y no tenga rentas anuales de más de 8.000 €, sin contar las exentas) y cumples una de estas condiciones:
- Cobrabas una prestación o un subsidio por desempleo el día del nacimiento.
- Estabas de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad el día del nacimiento.
- Te das de alta después del nacimiento y llegas a 30 días cotizados. Según el manual de Renta 2025, cuentan también los días cotizados antes del parto, siempre que el alta se produzca después.
Desde 2023 la deducción ya no queda limitada por lo cotizado. Y una vez cumples el requisito, sigue hasta los 3 años aunque después te quedes sin empleo, según la página de abono anticipado de la AEAT.
¿Y el padre? Solo puede aplicarla si la madre ha fallecido o si a él se le ha atribuido la guarda y custodia en exclusiva. Según la AEAT, en parejas del mismo sexo (dos madres o dos padres adoptantes) pueden aplicarla ambos progenitores si cumplen los requisitos. El importe por hijo no se duplica: si las dos personas tienen derecho en el mismo mes, se reparte a partes iguales (50 € al mes cada una). Fuera de esos casos, la Agencia Tributaria no admite repartirla entre los dos progenitores.
Adopción y acogimiento. En adopción, acogimiento permanente o preadoptivo, la deducción dura los 3 años siguientes a la inscripción en el Registro Civil, sea cual sea la edad del menor. Si no hace falta inscribirlo, los 3 años cuentan desde la resolución judicial o administrativa. No se aplica a nietos ni a acogimientos simples, de urgencia o temporales.
Cuánto se cobra: cómo se calculan los meses
Son 100 € por cada mes en que cumples los requisitos, con un máximo de 1.200 € al año por hijo. Para saber qué hijos cuentan, la Agencia Tributaria mira la situación el último día de cada mes. Por eso:
- El mes del nacimiento cuenta entero.
- El mes en que el niño cumple 3 años ya no cuenta.
- Los meses en que tú o el otro progenitor cobráis el CAPI por ese hijo no cuentan (artículo 81.3 de la Ley del IRPF). Más detalles en la guía del complemento de ayuda para la infancia.
Si te diste de alta después del parto, el mes en que llegas a 30 días cotizados la deducción es de 250 € (100 + 150). Ese año el máximo sube a 1.350 €.
El extra de hasta 1.000 € por guardería
La deducción aumenta hasta 1.000 € al año si pagas una guardería o un centro de educación infantil autorizado para un hijo menor de 3 años. Una guardería necesita la autorización que le exija la normativa para abrir; una escuela infantil, la de la Administración educativa. El manual de Renta 2025 lo concreta así:
- Hasta 83,33 € por mes en que se cumplen a la vez todos los requisitos (1.000 € entre 12).
- Solo cuentan los meses pagados completos. Un mes contratado entero cuenta aunque tenga días sin clase.
- Gastos válidos: preinscripción, matrícula, horario general y ampliado y comedor.
- Tope: lo que hayáis pagado de verdad, descontando subvenciones y becas. Suman los pagos de la madre y del otro progenitor.
- No cuenta lo que pague el cheque guardería de la empresa exento en tu nómina. Lo que pagues de tu bolsillo por encima sí cuenta.
- No se cobra por adelantado. Se aplica en la declaración de la renta.
El año en que cumple 3 años hay una regla a favor: el extra de guardería puede seguir hasta el mes anterior a aquel en que el niño puede empezar el segundo ciclo de infantil (P3), aunque la deducción de 100 € ya haya terminado. El centro debe informar a Hacienda de estos gastos con el modelo 233, así que Hacienda puede cruzar lo que declares. Si la plaza es gratuita en tu comunidad, solo cuentan los gastos que sigas pagando, como el comedor, la matrícula o el horario ampliado: consulta la guía de la gratuidad de 0 a 3 años.
Ejemplos de hogares con números (casos ficticios)
Nombres y cifras inventados; los cálculos siguen las reglas de la AEAT.
1. Lucía, asalariada, primer hijo nacido el 15 de marzo de 2026. Estaba de alta al dar a luz. En 2026 cuentan los meses de marzo a diciembre: 10 meses × 100 € = 1.000 €. En septiembre empieza en una escuela infantil privada autorizada: 150 € de matrícula y 350 € al mes de septiembre a diciembre. Gasto: 150 + 4 × 350 = 1.550 €. Extra de guardería: 1.000 × 4 / 12 = 333,33 € (menor que el gasto). Total de 2026: 1.333,33 €. Si presenta el modelo 140 en abril, cobrará 100 € al mes por adelantado. Los meses que no cobre así los recupera en la renta de 2026.
2. Marta, en paro al nacer su hija (10 de noviembre de 2024). Cobraba la prestación por desempleo el día del parto, así que tiene derecho aunque hoy no trabaje. La niña cumple 2 años en noviembre de 2026: los 12 meses cuentan. Deducción: 12 × 100 € = 1.200 €. Paga 200 € al mes de escuela infantil 11 meses (agosto no está contratado): gasto de 2.200 €. Extra: 1.000 × 11 / 12 = 916,67 €. Total: 2.116,67 €.
3. Nuria, hijo que cumple 3 años el 20 de mayo de 2026. Estaba de alta al nacer su hijo. La deducción cuenta de enero a abril: 4 × 100 € = 400 €. Paga la guardería de enero a julio, 300 € al mes, y su hijo puede empezar P3 en septiembre. Ese año el extra puede llegar hasta agosto, pero agosto no lo paga: 7 meses. Extra: 1.000 × 7 / 12 = 583,33 €. Total: 983,33 €.
4. Ana, se da de alta después del parto. Su hijo nació en febrero de 2025 y ella no trabajaba ni cobraba el paro. Empieza a trabajar el 2 de marzo de 2026 y llega a 30 días cotizados ese mes. En 2026 cuentan marzo a diciembre: 10 × 100 € = 1.000 €, más 150 € del mes de marzo. Total: 1.150 €.
El bulo de los 18 años: qué es verdad y qué no
No existe ninguna «ayuda de 100 euros por hijo hasta los 18 años» ni ninguna ampliación de la deducción por maternidad. El artículo 81 vigente en el BOE habla de «hijos menores de tres años» y su última modificación es de diciembre de 2022. El Reglamento del IRPF fija el pago anticipado en 100 € al mes por hijo solo mientras dura ese derecho.
Lo que sí existe:
| Lo que se lee | Lo que es en realidad |
|---|---|
| «100 € al mes por hijo» | La deducción por maternidad, solo hasta los 3 años |
| «Ayuda por hijo hasta los 18 años» | El CAPI de la Seguridad Social: es por cada menor de edad, pero solo para hogares con ingresos bajos y con importes que dependen de la edad (Ley 19/2021, art. 11.6) |
| «100 € por hijo sin límite de edad» | La deducción del artículo 81 bis por descendiente con discapacidad: hasta 1.200 € al año, con abono anticipado de hasta 100 € al mes, para quien trabaja o cobra determinadas prestaciones |
Si te llega un enlace para «solicitar los 100 € hasta los 18 años», no des tus datos: para cobrar por adelantado esta deducción, el único trámite es el modelo 140, en la sede de la AEAT. Para ver todas las ayudas por hijo que sí están vigentes, lee la guía de ayudas por hijo en 2026.
Cómo pedir el abono anticipado (modelo 140), paso a paso
- Comprueba el requisito laboral: paro o alta el día del nacimiento, o 30 días cotizados después.
- Entra en la sede de la Agencia Tributaria, en el procedimiento del modelo 140. Puedes identificarte con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. También se puede presentar por teléfono o en papel impreso desde la sede.
- Rellena una solicitud por cada hijo: tu NIF, el del hijo si lo tiene y la cuenta bancaria donde quieres cobrar.
- No adjuntes documentos. Hacienda comprueba los requisitos con sus datos.
- Espera el primer pago. Según la Orden HAC/177/2020, la AEAT paga 100 € al mes desde el mes de la solicitud y, en su caso, desde el mes anterior. Si te lo deniega, te lo notificará con los motivos.
- No repitas la solicitud cada año: vale para todo el periodo.
- Comunica cambios en 15 días naturales con el mismo modelo 140: si te mudas al extranjero, al País Vasco o a Navarra, si renuncias o si pierdes el derecho por ese hijo. No hace falta avisar cuando cumple 3 años ni de tu baja en la Seguridad Social.
- En la renta (casillas del modelo de 2025), Hacienda compara lo cobrado (casilla 0612) con lo que te corresponde (casilla 0611) y añade la guardería (casilla 0613). Si no estás obligada a declarar y cobraste de más, la AEAT dice que hará ella la regularización con los datos que tiene.
Ten a mano: tu NIF, el del hijo, la cuenta bancaria y los recibos mensuales de la guardería.
Errores habituales
- Pedirla el padre cuando la madre cumple los requisitos. Solo corresponde al padre en caso de fallecimiento o custodia exclusiva.
- Cobrar el CAPI y el abono anticipado a la vez por el mismo hijo. No se suman (art. 81.3 LIRPF): tendrás que devolver lo cobrado de más.
- Contar meses sueltos de guardería. Solo valen los pagados completos.
- No comunicar cambios en 15 días. Si cobras de más por tu causa, tendrás que devolverlo.
Compatibilidad con otras ayudas
- Permiso y prestación por nacimiento: el artículo 81 no los declara incompatibles; son ayudas distintas, de la Seguridad Social. Ver permiso por nacimiento de 19 semanas.
- CAPI: no se suman. El complemento de ayuda para la infancia y la deducción por maternidad no se cobran a la vez por el mismo hijo menor de 3 años. El artículo 81.3 de la Ley del IRPF excluye de la deducción los meses en que cualquiera de los progenitores cobra el CAPI por ese menor. Por un hijo menor de 3 años, el CAPI paga 115 € al mes y la deducción, 100 €. La única excepción es la de quien ya tenía derecho a las dos por ese hijo en 2022 (disposición transitoria 37.ª). En la práctica, en 2026 ya no se aplica: los 3 años de deducción de un hijo por el que había derecho en 2022 terminaron, como tarde, en 2025. Revisa los límites de ingresos en la guía del complemento de ayuda para la infancia.
- Deducciones del artículo 81 bis (familia numerosa, discapacidad): son distintas y pueden sumarse si cumples sus requisitos.
- Deducciones autonómicas por nacimiento o guardería: dependen de tu comunidad y se aplican en el mismo IRPF. Muchas familias se las dejan: revisa las deducciones autonómicas que casi nadie aplica.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la deducción por maternidad en 2026?
Hasta 1.200 € al año por cada hijo menor de 3 años, es decir, 100 € por mes. Con guardería autorizada se suman hasta 1.000 € más.
¿Se puede cobrar la deducción por maternidad cada mes?
Sí. Con el modelo 140, la Agencia Tributaria paga 100 € al mes por hijo por transferencia. El extra de guardería no se adelanta.
¿Puedo pedirla si estoy en paro?
Sí, si cobrabas la prestación o el subsidio por desempleo el día del nacimiento. Si no, tendrías que darte de alta después y llegar a 30 días cotizados.
¿La deducción por maternidad llega hasta los 18 años?
No. Termina el mes anterior a que el niño cumpla 3 años. La «ayuda de 100 € por hijo hasta los 18 años» no existe; suele confundirse con el CAPI, que solo cobran hogares con ingresos bajos.
¿Puedo cobrar el CAPI y la deducción por maternidad a la vez?
No por el mismo hijo menor de 3 años. Según el artículo 81.3 de la Ley del IRPF, los meses en que tú o el otro progenitor cobráis el CAPI por ese hijo no dan derecho a la deducción. Por otro hijo distinto sí puedes tener cada ayuda por separado. Consulta la guía del CAPI.
¿Qué gastos de guardería cuentan para los 1.000 €?
Preinscripción, matrícula, horario general y ampliado y comedor, en un centro autorizado, por meses completos y descontando becas o subvenciones.
¿Si no la pedí por adelantado la pierdo?
No. Los meses con derecho se aplican en la declaración de la renta de ese año y, si te sale a devolver, Hacienda te ingresa la diferencia.
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Cuando el servicio esté disponible, podrás consultar qué otras ayudas te corresponden en Lo Que Te Toca.
Equipo Lo Que Te Toca · Revisado por: Equipo de Lo Que Te Toca. Actualizado el 9 de octubre de 2026.
Lo Que Te Toca no es una administración pública. La información es orientativa; la normativa vigente y la Agencia Tributaria determinan tu derecho.
Fuentes oficiales
- Ley 35/2006 del IRPF, artículo 81 y disposición transitoria 37.ª (texto consolidado) · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Reglamento del IRPF, artículo 60 · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Orden HAC/177/2020, modelo 140 · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Deducción por maternidad · Agencia Tributaria · consultado el 9 de octubre de 2026
- Abono anticipado de la deducción · Agencia Tributaria · consultado el 9 de octubre de 2026
- Manual práctico de Renta 2025: deducción por maternidad e incremento por guardería · Agencia Tributaria · consultado el 9 de octubre de 2026
- Modelo 140: solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones · Agencia Tributaria · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley 19/2021 del ingreso mínimo vital, artículo 11.6 · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
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