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Cómo leer tu nómina: conceptos, cotizaciones e IRPF línea a línea
Una nómina tiene cuatro bloques: datos de la empresa y del trabajador, devengos (lo que ganas), deducciones (lo que te descuentan) y la determinación de las bases de cotización, con lo que paga la empresa. El modelo oficial lo fija la Orden ESS/2098/2014. En 2026, las deducciones de la Seguridad Social a tu cargo suman el 6,50 % de tu base con contrato indefinido, incluido un 0,15 % de MEI (más una cotización adicional si haces horas extra), y a eso se suma la retención de IRPF.
En catalán la buscarás como «nòmina» o «com llegir la nòmina»; el nombre oficial en catalán es rebut individual de salaris. Abajo tienes una nómina de ejemplo de marzo de 2026, anotada línea a línea, y una lista de las anomalías que conviene revisar cada mes. Si lo que quieres es saber cuánto cobrarás en neto según tu bruto anual, ve a sueldo neto 2026.
Resumen: los cuatro bloques de una nómina
| Bloque | Qué contiene | Qué revisar | Norma |
|---|---|---|---|
| Encabezado | Empresa (CIF y código de cuenta de cotización), trabajador (NIF y número de afiliación), grupo profesional, grupo de cotización y periodo | Que el grupo de cotización encaje con tu puesto y que el periodo sea el correcto | Orden ESS/2098/2014 |
| I. Devengos | Percepciones salariales (salario base, complementos, horas extra, pagas extra) y no salariales (dietas, suplidos, indemnizaciones) | Que el salario base y los pluses coincidan con tu contrato y tu convenio | ET, art. 26 |
| II. Deducciones | Tus cotizaciones (contingencias comunes, MEI, desempleo, formación profesional, horas extra), IRPF, anticipos y otras | Tipos de 2026 y tipo de IRPF | Orden PJC/297/2026; RIRPF |
| Bases y aportación de la empresa | Base de contingencias comunes (con la prorrata de pagas extra), base de contingencias profesionales, base de IRPF y lo que paga la empresa | Que la base incluya la prorrata y no baje de la mínima de tu grupo | LGSS, art. 147 |
La empresa tiene que darte un recibo de salarios cada vez que te paga, y el periodo de pago no puede ser superior a un mes (art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores). El convenio puede aprobar otro formato, siempre que separe con claridad percepciones y deducciones.
La nómina de ejemplo: Marta, marzo de 2026
Caso ficticio. Marta es oficial administrativa (grupo de cotización 5), trabaja en una oficina con contrato indefinido a jornada completa y cobra 14 pagas. Su salario fijo es de 1.800 € al mes: 1.600 € de salario base, 150 € de plus de convenio y 50 € de antigüedad. Sus dos pagas extra (Navidad y la que fija su convenio, en junio) son también de 1.800 €. Bruto fijo anual: 1.800 × 14 = 25.200 €.
En marzo hizo 4 horas extra, pagadas a 15 € la hora según su convenio (60 €), y dos desplazamientos de un día a otra ciudad sin dormir fuera, con dieta de 26,67 € cada uno (53,34 €).
Todas las cifras se han calculado con nuestra calculadora, que usa los parámetros oficiales de 2026, y las hemos pasado por su revisor automático de nóminas, que no detecta errores. Es una comprobación interna, no oficial. El tipo de IRPF (14,20 %) corresponde a una persona soltera, sin hijos y sin otros datos en el modelo 145.
Bloque I. Devengos
| Línea | Importe | Qué significa |
|---|---|---|
| Salario base | 1.600,00 € | La retribución fijada por unidad de tiempo, normalmente por tu convenio y tu categoría (ET, art. 26.3). |
| Plus de convenio | 150,00 € | Complemento salarial. Su nombre y su importe dependen del convenio. |
| Antigüedad | 50,00 € | Complemento por años en la empresa (trienios, quinquenios…), si tu convenio lo prevé. |
| Horas extraordinarias | 60,00 € | Horas por encima de tu jornada. Se pagan al menos como una hora ordinaria o se compensan con descanso. Máximo de 80 al año, sin contar las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes (ET, art. 35). |
| Dietas (percepción no salarial) | 53,34 € | Compensan gastos de manutención en otro municipio. Hasta 26,67 € al día sin pernoctar en España no tributan ni cotizan (RIRPF, art. 9; LGSS, art. 147.2.b). |
| A. Total devengado | 1.913,34 € | Suma de todo lo anterior. |
Las percepciones salariales pagan tu trabajo. Las no salariales (dietas, suplidos, indemnizaciones, prestaciones de la Seguridad Social) compensan gastos o situaciones y no son salario (ET, art. 26.2). La diferencia importa: algunos conceptos no salariales (dietas y gastos de locomoción dentro de los límites del IRPF, ciertas indemnizaciones, prestaciones de la Seguridad Social) no cotizan si cumplen los requisitos de la LGSS, art. 147.2. La etiqueta de la nómina no basta.
Bloque II. Deducciones
| Línea | Base | Tipo | Importe | Qué significa |
|---|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 2.100,00 € | 4,70 % | 98,70 € | Pensiones, baja por enfermedad común y otras prestaciones (Orden PJC/297/2026, art. 4). |
| MEI | 2.100,00 € | 0,15 % | 3,15 € | Mecanismo de Equidad Intergeneracional, para la hucha de las pensiones. Se calcula sobre la base de contingencias comunes (art. 16 de la orden). |
| Desempleo | 2.160,00 € | 1,55 % | 33,48 € | Protección por desempleo. Con la mayoría de contratos temporales es el 1,60 %; los formativos, de relevo y de sustitución cotizan al 1,55 % (art. 33). |
| Formación profesional | 2.160,00 € | 0,10 % | 2,16 € | Financia la formación para el empleo (art. 33). |
| Horas extraordinarias | 60,00 € | 4,70 % | 2,82 € | Cotización adicional por horas extra no motivadas por fuerza mayor (art. 5). Si son por fuerza mayor, el 2 %. |
| Total aportaciones | 140,31 € | Lo que tú pagas a la Seguridad Social este mes. | ||
| IRPF | 1.860,00 € | 14,20 % | 264,12 € | Retención a cuenta de tu impuesto sobre la renta. |
| Anticipos / otras deducciones | 0,00 € | Adelantos de sueldo, cuota sindical, embargos, etc., si los hubiera. | ||
| B. Total a deducir | 404,43 € | 140,31 + 264,12. | ||
| Líquido a percibir (A − B) | 1.508,91 € | Lo que llega a tu cuenta. |
El modelo oficial de 2014 no tiene una línea propia para el MEI, que empezó en 2023. Muchas empresas lo añaden como línea aparte; otras lo suman a contingencias comunes, que entonces puedes ver al 4,85 % (4,70 + 0,15). Si cobras más de 5.101,20 € al mes, verás además una línea de cotización de solidaridad; lo explicamos en sueldo neto 2026.
Bloque III. Bases de cotización, base de IRPF y aportación de la empresa
Este bloque responde a la pregunta «¿sobre qué cifra se calcula cada descuento?».
| Concepto | Base | Tipo empresa | Aportación de la empresa |
|---|---|---|---|
| Remuneración mensual | 1.800,00 € | ||
| Prorrata de pagas extra | 300,00 € | ||
| 1. Contingencias comunes (total) | 2.100,00 € | 23,60 % | 495,60 € |
| MEI | 2.100,00 € | 0,75 % | 15,75 € |
| 2. AT y EP (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) | 2.160,00 € | 1,50 % | 32,40 € |
| Desempleo | 2.160,00 € | 5,50 % | 118,80 € |
| Formación profesional | 2.160,00 € | 0,60 % | 12,96 € |
| Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) | 2.160,00 € | 0,20 % | 4,32 € |
| 3. Cotización adicional por horas extra | 60,00 € | 23,60 % | 14,16 € |
| Total a cargo de la empresa | 693,99 € | ||
| 4. Base sujeta a retención del IRPF | 1.860,00 € |
Cómo salen esas bases:
- Base de contingencias comunes = 1.800 + 300 = 2.100 €. Es la remuneración del mes (incluidos los complementos variables que coticen, si los hubiera) más la parte proporcional de las pagas extra: (1.800 × 2) / 12 = 300 €. La ley obliga a repartir en doce meses lo que se cobra con una periodicidad mayor que la mensual (LGSS, art. 147.1, y Orden PJC/297/2026, art. 1). No incluye las horas extra ni las dietas exentas.
- Base de contingencias profesionales (AT y EP) = 2.100 + 60 = 2.160 €. Es la anterior más las horas extra. Las horas extra no cotizan por contingencias comunes, pero sí por accidentes de trabajo (LGSS, art. 147.2.e). Desempleo, formación profesional y Fogasa usan esta misma base (art. 33.1 de la orden).
- Base de IRPF = 1.800 + 60 = 1.860 €. Todo lo que tributa este mes: salario y horas extra. Las dietas dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF no tributan, y la prorrata de pagas extra no cuenta aquí, porque las pagas tributan el mes en que las cobras.
- AT y EP: el tipo depende de la actividad de la empresa y del puesto, y lo paga entero la empresa. En el ejemplo usamos el 1,50 % de la tarifa para «personal en trabajos exclusivos de oficina» (LGSS, DA 61.ª, cuadro II). Si el puesto sale de la oficina de forma habitual, puede corresponder el tipo de la actividad de la empresa.
Cotización total del mes: 140,31 € a tu cargo y 693,99 € a cargo de la empresa. Lo que la empresa desembolsa por Marta en marzo es 1.913,34 + 693,99 = 2.607,33 €, aunque ella cobra 1.508,91 €. A eso se suma la parte de las pagas extra que Marta va generando cada mes (300 €), que la empresa pagará en junio y en diciembre.
Y en junio: la nómina de la paga extra
Si la paga extra se abona en un recibo aparte, solo lleva retención de IRPF: 1.800 − 14,20 % (255,60 €) = 1.544,40 € líquidos. No lleva cotizaciones porque ya se cotizó por ella con la prorrata de 300 € de cada mes. Si en el recibo de la paga extra ves otra vez contingencias comunes y desempleo, pregunta: podría ser una doble cotización.
El IRPF de tu nómina: qué es y por qué cambia
El 14,20 % de Marta no sale de una tabla fija: es un anticipo de su impuesto que la empresa calcula con su sueldo anual previsto y su situación personal, según los artículos 80 a 88 del Reglamento del IRPF. El cálculo paso a paso, con la escala de retención, está en sueldo neto 2026.
Dos ideas para leer la nómina:
- El tipo se aplica a la base de IRPF del mes, no a la base de cotización: 1.860 × 14,20 % = 264,12 €.
- Las retribuciones variables previsibles cuentan. La empresa debe incluir en el cálculo las retribuciones fijas y las variables previsibles; como mínimo, presume las del año anterior (RIRPF, art. 83.2). El tipo de Marta se calculó con su sueldo fijo. Si a lo largo del año cobra más de lo previsto (por ejemplo, porque las horas extra se repiten), la empresa debe regularizar el tipo (RIRPF, art. 87). Con solo esos 60 € más en todo el año, el tipo apenas cambiaría: seguiría en torno al 14,2 %.
Anomalías típicas que conviene revisar
| Señal en la nómina | Por qué puede ser un error | Qué hacer |
|---|---|---|
| MEI al 0,13 % | Es el tipo de 2025. En 2026 es el 0,15 % (LGSS, DT 43.ª). En 2027 será el 0,17 % | Pide que lo regularicen. Con la base de Marta serían 2,73 € en lugar de 3,15 € |
| Desempleo al 1,60 % con contrato indefinido | El 1,60 % es para la mayoría de contratos temporales. Si tu contrato se hizo indefinido, desde ese día cotizas al 1,55 % (art. 33.2 de la orden) | Revisa tu contrato y la fecha de conversión |
| Base de contingencias comunes igual a tu salario mensual, sin prorrata | Si cobras 14 pagas, la base debe incluir la prorrata de las extras | Pregunta si las pagas extra están prorrateadas en otra línea |
| Base por debajo de la mínima de tu grupo a jornada completa | En 2026 la mínima es de 1.424,40 € (grupos 4 a 7) y llega a 1.989,30 € en el grupo 1 (Orden PJC/297/2026, art. 3) | Comprueba tu grupo de cotización en el encabezado |
| «Dietas» o «plus de transporte» fijos cada mes sin desplazamientos | Lo que no compensa un gasto real es salario y debe cotizar. Cotizar menos reduce tu futura pensión y tu paro | Pide que se incluyan en la base |
| Horas extra que no aparecen, o pagadas como «incentivos» | Las horas extra tienen su línea, su cotización adicional y el tope de 80 al año | Compara con el registro de jornada: la empresa debe entregarte el resumen con la nómina (ET, art. 35.5) |
| El tipo de IRPF no cambia tras tener un hijo | Falta actualizar el modelo 145. Con un hijo de 4 años computado al 50 %, el tipo de Marta bajaría del 14,20 % al 13,30 %: 226,80 € menos de retención al año | Entrega el modelo 145 actualizado; lo retenido de más se recupera en la renta |
| IRPF al 2 % con contrato indefinido | El mínimo del 2 % es para contratos de menos de un año (RIRPF, art. 86.2). Si tu sueldo no es bajo, es probable que la renta te salga a pagar | Pide el cálculo o un tipo mayor (art. 88.5) |
| Cotizaciones en la paga extra separada | Ya se cotizó por ella con la prorrata mensual | Pide explicación |
| El líquido no cuadra con A − B | Error de cálculo o una deducción sin explicar | Suma tú los bloques |
| Salario base por debajo de las tablas de tu convenio | Puede que no te apliquen las tablas del año | Mira cómo comprobar si cobras lo que marca tu convenio |
| Bruto anual por debajo de 17.094 € a jornada completa | Es el SMI de 2026 en 14 pagas de 1.221 € | Revisa SMI 2026 |
Las cotizaciones e impuestos a tu cargo los pagas tú, y es nulo cualquier pacto que diga lo contrario (ET, art. 26.4). Si la empresa se retrasa en pagarte, el interés de demora es del 10 % de lo adeudado (ET, art. 29.3).
Paso a paso: cómo revisar tu nómina
- Encabezado. Comprueba tu NIF, tu número de afiliación, tu grupo de cotización y el periodo.
- Devengos. Compara salario base y pluses con tu contrato y con las tablas de tu convenio.
- Total devengado. Suma las líneas.
- Tipos de cotización. En 2026: 4,70 % (contingencias comunes), 0,15 % (MEI), 1,55 % o 1,60 % (desempleo) y 0,10 % (formación profesional).
- Bases. La base de contingencias comunes debe ser tu remuneración del mes (sin horas extra ni dietas exentas) más la prorrata de pagas extra, entre la mínima de tu grupo y 5.101,20 €.
- Importes. Multiplica base × tipo en cada línea. Admite diferencias de un céntimo por redondeo.
- IRPF. Comprueba que base de IRPF × tipo = importe, y que el tipo encaja con el simulador de retenciones de la AEAT.
- Líquido. Total devengado − total a deducir = lo que te han ingresado.
- Guarda tus nóminas. Si detectas un error, el plazo para reclamar cada cantidad corre por separado y es corto. Te explicamos los plazos y el proceso en cómo comprobar si cobras lo que marca tu convenio.
Documentación útil
- Nóminas del año, también las de las pagas extra.
- Contrato, con tu grupo profesional, jornada y salario pactado.
- Convenio colectivo y sus tablas salariales del año.
- Modelo 145, con tu situación familiar para el IRPF.
- Registro de jornada, si haces horas extra.
- Informe de bases de cotización de la Seguridad Social, para ver lo que tu empresa ha declarado por ti.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la «prorrata de pagas extra» si cobro 14 pagas?
Es la parte de las pagas extra que corresponde a cada mes: (paga extra × 2) / 12. Aparece en el bloque de bases para calcular tu cotización, no en los devengos. No significa que cobres las pagas prorrateadas: las cobrarás igualmente en Navidad y en el mes que fije tu convenio.
¿Por qué mi base de cotización es mayor que mi sueldo del mes?
Porque incluye la prorrata de las pagas extra. Con 1.800 € al mes y dos pagas extra iguales, la base es 2.100 €. Así, cada mes cotizas por la parte de las pagas que vas generando.
¿Qué diferencia hay entre la base de contingencias comunes y la de AT y EP?
La de AT y EP (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) suma las horas extra. Desempleo, formación profesional y Fogasa se calculan sobre ella. Si no haces horas extra, las dos bases suelen coincidir.
¿Qué es el MEI de mi nómina?
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional: una cotización para reforzar la hucha de las pensiones. En 2026 es el 0,90 % de tu base de contingencias comunes: el 0,15 % lo pagas tú y el 0,75 %, la empresa.
¿Las dietas tributan en el IRPF?
No, si compensan gastos de manutención en un municipio distinto del de tu trabajo y de tu residencia, y no superan los límites del Reglamento del IRPF: 26,67 € al día sin pernoctar y 53,34 € pernoctando, en España. Lo que exceda tributa y cotiza.
¿Por qué la nómina dice lo que paga la empresa si no me lo descuentan?
Porque la ley obliga a informarte del coste total de tu cotización. Desde la Orden ESS/2098/2014, el recibo incluye la aportación de la empresa junto a la tuya.
¿Qué es el «salario en especie» que aparece en algunas nóminas?
Es la parte del sueldo que no cobras en dinero: un coche de empresa, un seguro médico, la vivienda… Cotiza y, en general, tributa como el resto (algunas retribuciones en especie, como el seguro médico dentro de ciertos límites, están exentas de IRPF: Ley del IRPF, art. 42). Aparece también en deducciones como «valor de los productos recibidos en especie», porque no te lo ingresan. No puede superar el 30 % de tus percepciones salariales ni reducir en dinero el salario mínimo (ET, art. 26.1).
Revisa tu nómina con nuestra calculadora: próximamente
Estamos preparando una herramienta que lee tu nómina, comprueba tipos, bases e IRPF y te señala las anomalías de esta guía. Cuando esté disponible, la encontrarás en Lo Que Te Toca. Mientras tanto, para el IRPF, usa el simulador oficial de la AEAT. Y si tienes hijos, revisa también la deducción por maternidad.
Equipo Lo Que Te Toca · Revisado por: Equipo de Lo Que Te Toca. Actualizado el 9 de octubre de 2026.
Lo Que Te Toca no es una administración pública. La información es orientativa y está calculada con los parámetros oficiales de 2026 para un caso ficticio. Tu nómina, tu contrato, tu convenio y la normativa vigente determinan tu caso.
Fuentes oficiales
- Orden ESS/2098/2014, modelo de recibo individual de salarios · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Orden PJC/297/2026, de cotización a la Seguridad Social para 2026 · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley General de la Seguridad Social, art. 147, DA 61.ª y DT 43.ª · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Estatuto de los Trabajadores, arts. 26, 29, 31, 35 y 59 · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Reglamento del IRPF, arts. 9, 83, 86, 87 y 88 · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Servicio de cálculo de retenciones 2026 · Agencia Tributaria · consultado el 9 de octubre de 2026
Información orientativa: lo que decide es la convocatoria oficial y sus bases. Compruébalas antes de presentar una solicitud.