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Renta mínima por comunidad autónoma en 2026: comparativa
En 2026, la renta mínima autonómica para una persona que vive sola va de unos 470 € al mes en Madrid y Galicia a 874,61 € en el País Vasco, según las fuentes oficiales de cada comunidad. Es un máximo: cobras la diferencia entre esa cifra y los ingresos de tu hogar. En casi todas hay que pedir antes el ingreso mínimo vital (IMV), que en 2026 garantiza 733,60 € a un adulto solo. En Cataluña se llama renda garantida de ciutadania; en catalán, el conjunto se conoce como «rendes mínimes autonòmiques».
Hemos revisado nueve comunidades: las siete más pobladas, el País Vasco y Navarra. Datos comprobados el 9 de octubre de 2026 en la norma o la web oficial de cada una. Cuando una cifra es un cálculo nuestro a partir de la norma, lo indicamos.
Tabla comparativa 2026: cuantía, miembros e IMV
Importes máximos mensuales. El IPREM de 2026 es de 600 € al mes y sirve de base en Galicia y Castilla y León (más detalle en nuestra guía del IPREM).
| Comunidad | Nombre de la prestación | 1 persona | Por cada miembro más | ¿Hay que pedir antes el IMV? | Norma |
|---|---|---|---|---|---|
| País Vasco | Renta de garantía de ingresos (RGI) | 874,61 € | 2.º adulto: +291,54 €; resto: +174,92 € | Sí: hay que solicitar todas las pensiones y prestaciones públicas | Ley 14/2022 y Decreto 173/2023 |
| Navarra | Renta Garantizada | 810,83 € | +35 %, +25 % y +15 % (ver nota); tope 1.621,66 € | Sí: hay que solicitar antes las prestaciones a que se tenga derecho | Ley Foral 15/2016 y Orden Foral 5/2026 |
| Cataluña | Renta garantizada de ciudadanía (RGC) | 801,85 € | 2 personas: 1.202,77 €; 5 o más: 1.459,36 € | Sí, primero el IMV | Ley 14/2017 e IRSC 2026 |
| Comunitat Valenciana | Renta valenciana de inclusión | 793,80 € | 2 personas: 929,88 €; 6 o más: 1.247,40 €; +60 € por menor si no cobras otra ayuda con esa finalidad (máx. 180 €) | Sí: antes, el resto de prestaciones; lo que cobras de IMV se descuenta | Ley 2/2026 (en vigor el 20/10/2026) |
| Andalucía | Renta Mínima de Inserción Social (RMISA) | 733,60 € | +220,08 €; tope 1.613,92 € | Sí: resolución denegatoria del IMV, salvo excepciones | Decreto-ley 3/2017 |
| Canarias | Renta Canaria de Ciudadanía | 733,60 € | Misma escala que el IMV: 953,68 € (2), 1.173,76 € (3); tope 1.613,92 € | Sí: haber solicitado el IMV | Ley 5/2022 |
| Castilla y León | Renta garantizada de ciudadanía | 480 € | +120 €, +72 €, +48 €; tope 780 € | Sí: haber solicitado y agotado cualquier prestación pública (la ficha no nombra el IMV) | Decreto Legislativo 1/2019 |
| Madrid | Renta Mínima de Inserción (RMI) | 469,93 € | 2 personas: 587,41 €; 3: 662,52 €; tope 1.221 € | Sí: es subsidiaria del IMV, que se pide antes | Ley 15/2001 |
| Galicia | Renta de inclusión social (RISGA) | 469,20 € | +87,60 €, +75 €, +62,40 €; tope 750 € (840 € con menores) | No hace falta pedirlo antes: se pueden pedir a la vez (si te conceden las dos, eliges una) | Ley 10/2013 |
Notas sobre cómo hemos obtenido cada cifra:
- Andalucía: tabla oficial de cuantías 2026 de la Junta. La RMISA equivale a la pensión no contributiva anual (8.803,20 €) dividida entre 12.
- Canarias: la Ley 5/2022 fija como cuantía base la renta garantizada del IMV. Por eso coincide con la tabla del IMV de 2026.
- Madrid: importes publicados en la web oficial de la Comunidad, actualizada el 24 de septiembre de 2026. La página no indica el año al que corresponden.
- Galicia y Castilla y León: la norma fija porcentajes del IPREM. Los euros son un cálculo nuestro con el IPREM de 2026 (600 €). En Galicia, los 469,20 € son el tramo personal y familiar: la RISGA puede sumar complementos (por ejemplo, de alquiler o de transición al empleo).
- Navarra: la Orden Foral 5/2026 fija 810,83 € para una persona. Los complementos (35 % para la segunda persona, 25 % para la tercera y 15 % a partir de la cuarta) y el tope del doble salen de la Ley Foral 15/2016. Con esos porcentajes, un hogar de tres personas tendría un máximo de 1.297,33 €. Es un cálculo nuestro: no hemos encontrado una tabla oficial de 2026 por tamaño de hogar.
- Galicia y el IMV: la ley dice que la RISGA es subsidiaria de las pensiones no contributivas y de otras prestaciones de igual o mayor cuantía (art. 6.4 de la Ley 10/2013), pero no obliga a pedir antes el IMV. Los servicios sociales municipales, como los de A Estrada, indican que puedes pedir la RISGA y el IMV a la vez; si te conceden las dos, tienes que renunciar a una.
Requisitos básicos: edad y tiempo de residencia
La edad mínima y los años de empadronamiento cambian mucho de una comunidad a otra, y deciden si puedes pedirla.
| Comunidad | Edad general | Residencia o empadronamiento previo |
|---|---|---|
| País Vasco | Desde 18 años; de 18 a 29, haber vivido al menos un año fuera del domicilio familiar | 3 años (1 año con menores a cargo, discapacidad o extrema necesidad) |
| Navarra | Desde 18 años; de 18 a 24 sin menores, haber vivido de forma independiente 2 años | 2 años (1 año con menores, dependencia o discapacidad del 65 %) |
| Cataluña | Más de 23 años, con supuestos desde los 18 | 2 años, con excepciones |
| Comunitat Valenciana | 23 años; de 23 a 30, haber vivido de forma independiente 2 años | 3 años seguidos, o 10 de los últimos 30 (Ley 5/2026) |
| Andalucía | De 25 a 64 años, con excepciones | 1 año de empadronamiento de la unidad familiar |
| Canarias | De 23 a 65 años en la modalidad general | 12 meses seguidos, o 5 años de los últimos 10 |
| Castilla y León | Desde 25 años hasta la edad de acceso a una pensión; antes, con excepciones (por ejemplo, con familiares a cargo) | 1 año de empadronamiento y residencia legal, con excepciones |
| Madrid | Mayor de 25 y menor de 65 años, con excepciones | Al menos 1 año de residencia |
| Galicia | Más de 25 años | 6 meses de empadronamiento |
Las excepciones suelen beneficiar a personas con hijos a cargo, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad o jóvenes que salen de un centro de protección. Si estás en uno de esos casos, revisa la ficha de tu comunidad antes de descartarte.
Por qué hay que pedir antes el IMV (casi siempre)
El IMV es una prestación estatal y las rentas autonómicas son, casi siempre, subsidiarias: entran cuando no hay otra prestación o cuando esta no llega al mínimo de la comunidad. Por eso piden haber solicitado antes el IMV y las demás pensiones o subsidios a los que tengas derecho. Galicia es la excepción entre las nueve: permite pedir la RISGA y el IMV a la vez.
El grado de exigencia varía. Andalucía pide una resolución denegatoria del IMV, salvo excepciones o urgencia social. Canarias exige haberlo solicitado. Madrid lo pide antes porque la RMI es subsidiaria del IMV. La Comunitat Valenciana también lo exige y, además, descuenta de su renta lo que cobras de IMV. En el País Vasco, Navarra y Castilla y León la regla es general: solicitar todas las prestaciones públicas a las que tengas derecho.
En Andalucía y Canarias el máximo autonómico coincide con el del IMV (733,60 € para una persona). En Madrid, Galicia y Castilla y León es inferior. En esas comunidades, la renta autonómica sirve sobre todo a quien no tiene derecho al IMV, por edad, residencia u otro motivo. Si ya cobras el IMV completo, lo normal es que aporte poco o nada; confirma la regla de cómputo con los servicios sociales.
Donde el máximo autonómico supera al IMV (País Vasco, Navarra, Cataluña y Comunitat Valenciana), la renta puede funcionar como complemento. Para ver qué otras prestaciones son compatibles con el IMV, consulta la tabla de compatibilidades del IMV.
Ejemplos con números (casos ficticios)
Son cálculos orientativos con los máximos oficiales. No sustituyen la resolución de cada administración, que revisa todos los ingresos, el patrimonio y la composición del hogar.
Laura, 40 años, vive sola en Valencia y cobra el IMV completo (733,60 €). Con la Ley 2/2026, la cuantía máxima para una persona es 793,80 €. El IMV no se cuenta como ingreso para calcular el derecho, pero se resta al final: 793,80 − 733,60 = 60,20 € al mes de renta valenciana de inclusión. Si pagara alquiler, podría pedir además el complemento del 30 % del importe reconocido (sin otros ingresos, 30 % de 793,80 € = 238,14 €), con sus propias condiciones. El IMV se resta de la suma: 793,80 + 238,14 − 733,60 = 298,34 € al mes.
Iker y Ane, pareja sin hijos en Bilbao, con 600 € de ingresos computables. La renta máxima para dos adultos es 1.166,15 €, según la ficha de la RGI. La diferencia sería 1.166,15 − 600 = 566,15 €. Lanbide aplica además estímulos al empleo si esos ingresos vienen de un trabajo, así que la cifra real puede ser algo mayor.
Una familia de tres en Pamplona, con 700 € de ingresos computables. Máximo calculado con la ley foral: 810,83 + 283,79 + 202,71 = 1.297,33 €. Diferencia: 1.297,33 − 700 = 597,33 €. Recuerda que el máximo por hogar de tres personas es un cálculo nuestro, no una tabla oficial.
Rosa, 50 años, vive sola en Madrid y no tiene derecho al IMV. Sin ingresos, la RMI le daría hasta 469,93 € al mes. Si la misma Rosa viviera en Sevilla, con la RMISA podría llegar a 733,60 €, siempre que tenga la resolución que deniega el IMV.
Cómo pedir la renta mínima de tu comunidad paso a paso
- Pide el IMV primero (en Galicia puedes pedirlo a la vez que la RISGA) y guarda el justificante. Si te lo deniegan, conserva la resolución: en Andalucía es imprescindible, salvo excepciones o urgencia social.
- Comprueba tu empadronamiento. Pide un certificado histórico de empadronamiento para acreditar los meses o años exigidos.
- Reúne los ingresos de todo el hogar: nóminas, prestaciones, pensiones de alimentos y saldos bancarios.
- Pide cita en los servicios sociales de tu ayuntamiento. En muchas comunidades la solicitud se presenta allí o requiere un informe social o un plan de inclusión.
- Presenta la solicitud en la sede electrónica de tu comunidad o en el registro, y guarda el justificante.
- Comunica los cambios de ingresos o de convivencia en el plazo que marque tu comunidad (por ejemplo, 20 días en Castilla y León y 20 días hábiles en la Comunitat Valenciana).
Los plazos de respuesta también cambian. Andalucía tiene dos meses para resolver; Castilla y León, tres; la Comunitat Valenciana, cinco. Si no contestan en plazo, en esas tres comunidades la solicitud se entiende denegada, aunque la administración sigue obligada a resolver.
Errores habituales al comparar comunidades
- Confundir el máximo con lo que vas a cobrar. Todas las rentas pagan la diferencia entre el máximo y tus ingresos.
- Sumar el IMV y la renta autonómica íntegros. No funciona así: la renta autonómica complementa, no se acumula sin límite.
- Mudarse solo por la cuantía. Casi todas piden entre 6 meses y 3 años de residencia previa. La valenciana pedirá tres años seguidos desde el 20 de octubre de 2026, pero no exige ese plazo si ya cobrabas una renta mínima en otra comunidad.
- Usar tablas de blogs de años anteriores. La Comunitat Valenciana cambia de ley el 20 de octubre de 2026 y Navarra actualiza su cuantía cada año.
- Olvidar los complementos. Valencia paga 60 € por menor (hasta 180 €) si no cobras otra ayuda con la misma finalidad, y el País Vasco suma a las familias monoparentales un 25 % de la cuantía base (145,77 €).
Compatibilidades y ayudas relacionadas
La renta mínima es compatible, en general, con ayudas finalistas como becas de comedor o ayudas al alquiler, porque muchas comunidades no las cuentan como ingreso. Si vives en Cataluña, tienes el detalle de importes y requisitos en nuestra guía de la renta garantizada de ciudadanía. Si tienes una urgencia (luz, comida, alquiler) mientras esperas la resolución, pregunta por las ayudas de urgencia social de tu ayuntamiento.
Otras comunidades
Esta primera versión cubre las nueve comunidades con más población o con rentas de referencia. Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia, La Rioja, Ceuta y Melilla tienen su propia prestación, pero todavía no hemos verificado sus cuantías de 2026 en fuente oficial. Mientras tanto, consulta la web de servicios sociales de tu comunidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué comunidad paga más renta mínima en 2026?
De las nueve revisadas, el País Vasco: 874,61 € al mes para una persona sola. Le siguen Navarra (810,83 €) y Cataluña (801,85 €).
¿Puedo cobrar a la vez el IMV y la renta mínima de mi comunidad?
Sí, en varias comunidades, pero no íntegros. La renta autonómica completa la diferencia hasta su máximo. En la Comunitat Valenciana, por ejemplo, se resta lo que cobras de IMV.
¿Cuánto es la renta garantizada en Madrid?
En Madrid se llama Renta Mínima de Inserción. Para una persona sola sin ingresos son 469,93 € al mes, según la web oficial actualizada en septiembre de 2026. El máximo por hogar es 1.221 €.
¿Cuánto cobra la renta mínima de inserción en Andalucía en 2026?
Hasta 733,60 € al mes para una persona y 220,08 € más por cada miembro, con un tope de 1.613,92 €. Hace falta la resolución que deniega el IMV, salvo excepciones.
¿Cuánto es la renta garantizada de Navarra en 2026?
810,83 € al mes para una persona, según la Orden Foral 5/2026. Cada miembro adicional suma un porcentaje y el total no puede superar el doble: 1.621,66 €.
Si me mudo de comunidad, ¿mantengo la renta mínima?
En general, no. Cada renta exige residir en su comunidad: en la Comunitat Valenciana, por ejemplo, el traslado definitivo extingue la prestación. Tendrás que pedir la nueva, que suele exigir un tiempo mínimo de empadronamiento, salvo excepciones.
¿Tengo que estar inscrito como demandante de empleo?
En varias comunidades, sí. Andalucía y Canarias lo exigen como requisito general, y la Comunitat Valenciana lo incluye entre las obligaciones de quien la cobra. Cada norma prevé excepciones: consulta la de tu comunidad.
Comprueba qué otras ayudas te pueden corresponder con Lo Que Te Toca (lotetoca.es/comprobar).
Equipo Lo Que Te Toca · Revisado por: Equipo de Lo Que Te Toca. Actualizado el 9 de octubre de 2026.
Lo Que Te Toca no es una administración pública. Esta información es orientativa y no garantiza el reconocimiento de ninguna prestación. Consulta la normativa vigente y la resolución de tu expediente.
Fuentes oficiales
- Cuantías de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía para 2026 · Junta de Andalucía · consultado el 9 de octubre de 2026
- Tríptico RMISA 2026 · Junta de Andalucía · consultado el 9 de octubre de 2026
- RGC y complemento: personas activables · Generalitat de Catalunya · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley 14/2017 de la renta garantizada de ciudadanía · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Renta Mínima de Inserción · Comunidad de Madrid · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley 15/2001 de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley 2/2026 para la mejora de la renta valenciana de inclusión (DOGV 20/04/2026) · Generalitat Valenciana / BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley 10/2013 de inclusión social de Galicia · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Renda de inclusión social de Galicia (BS626F) · Xunta de Galicia · consultado el 9 de octubre de 2026
- Renta Garantizada de Ciudadanía · Junta de Castilla y León · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley 5/2022 de la Renta Canaria de Ciudadanía · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Renta de garantía de ingresos (RGI) · Gobierno Vasco / Lanbide · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley Foral 15/2016 de inclusión social y renta garantizada · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Orden Foral 5/2026: cuantía de la Renta Garantizada para 2026 · INAP (reproduce BON 17/02/2026) · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ingreso mínimo vital: cuantías 2026 · Seguridad Social · consultado el 9 de octubre de 2026
- Ley 5/2026 de la Generalitat Valenciana (art. 140: nueva residencia de la renta valenciana de inclusión) · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- Texto refundido de la renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León (Decreto Legislativo 1/2019) · BOE · consultado el 9 de octubre de 2026
- RISGA: información del servicio municipal de empleo de A Estrada · Concello da Estrada · consultado el 9 de octubre de 2026
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